¿Quieres saber si es posible vender el usufructo de tu vivienda?
Para empezar, comenzaremos explicando qué es, cómo conseguirlo y cómo es posible venderlo.
Si estás interesado en este tema y buscas respuestas, este artículo es el indicado para ti.
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¿Qué es el usufructo de una vivienda?
El usufructo es un concepto jurídico mediante el cual una persona tiene la titularidad de la propiedad de un bien, en este caso, de una vivienda.
El dominio de esta vivienda se puede dividir en dos partes:
- Nuda propiedad: hace referencia al derecho que tiene una persona de ser dueño de una propiedad pero sin poder disfrutar de ella, es decir, sin poder utilizarla.
- Usufructo: a diferencia del anterior, se trata del derecho a utilizar y disfrutar de un bien que tiene otro propietario (el nudo propietario)
Una vez que sabemos lo que es un usufructo, ¿Es posible venderlo? Si. A continuación te mostramos sus condiciones.
Cómo lograr el usufructo de una vivienda
Generalmente los usufructos se consiguen por herencia. Según lo estipulado en la ley, el viudo o la viuda de la persona que ha fallecido pasará a tener el derecho de usufructo, mientras que los hijos de dicho difunto obtendrán el de nuda propiedad, explicado anteriormente.
Es posible otorgar el usufructo a través de testamento, en lugar de por herencia, pero para ello es necesario que esté bien establecido y concretado en el documento.
Por otro lado, podemos diferenciar dos tipos de usufructos.
- Temporal. Es aquel usufructo que tiene una fecha de finalización concreta. Cuando llega esa fecha esa persona dejará de tener derecho al usufructo de ese bien.
- Vitalicio. Se trata del más común, y es aquel que finaliza con la muerte del propietario, y que pasará a su viudo/a o en su defecto, a sus hijos.
Tipos de venta de usufructo
Es posible vender un usufructo. Es posible vender el pleno dominio (siempre que ambas partes estén de acuerdo), vender solo la nuda propiedad o vender solo el usufructo, ya sea al nudo propietario o a otra persona.
- Vender el pleno dominio. Es lo más normal cuando se realiza la venta de una vivienda que cuenta con usufructo.Para poder llevarlo a cabo es importante que las dos partes, (usufructuario y nudo propietario),estén de acuerdo en realizar esa venta. Esta venta puede realizarse en un momento en una notaría. Debemos tener en cuenta que un usufructuario no puede vender el inmueble sin que el nudo propietario se lo permita. Eso es debido a que este no tiene la propiedad total de esa vivienda. De igual forma, el nudo propietario no tiene el derecho a vender toda la propiedad sin que el usufructuario se lo autorice.
- Vender únicamente la nuda propiedad. Suele realizarse en muchas ocasiones. En la mayoría de los casos los herederos del fallecido deciden vender la nuda propiedad de la vivienda a un tercero, mientras que el viudo o viuda siguen teniendo el usufructo para seguir disfrutando de él hasta su muerte (en caso de que sea vitalicio) o hasta que este finalice.
- Vender usufructo al nudo propietario. Muchas veces, sucede que el usufructuario no quiere seguir manteniendo el derecho a utilizar esa propiedad y decide vendérselo al nudo propietario. De esta manera, el nudo propietario tendrá la propiedad total de la vivienda y podrá utilizarla libremente como desee. Podrá venderla, alquilarla o vivir en ella.
- Vender usufructo a un tercero. El último método, es el menos habitual. En este, el usufructuario vende su usufructo a una tercera persona. Es poco usual ya que la persona que compre el usufructo sólo lo podrá tener el mismo tiempo que lo tendría el usufructuario principal.